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Certificado A1 y convenios bilaterales

Seguridad Social internacional: dónde cotizas y cómo suman tus años

Los convenios de doble imposición no dicen nada de cotizaciones. Eso lo regulan instrumentos distintos, que evitan pagar dos veces y permiten sumar los periodos trabajados en ambos países para la pensión.

Dos preguntas independientes

Es un error muy frecuente asumir que si hay convenio fiscal hay convenio de Seguridad Social, o que la residencia fiscal determina dónde se cotiza. Son análisis separados que pueden dar resultados distintos:

  • Dónde tributa la renta lo determinan la ley interna y, en su caso, el convenio de doble imposición.
  • Dónde se cotiza lo determinan los reglamentos europeos de coordinación, los convenios bilaterales de Seguridad Social o el Convenio Multilateral Iberoamericano.

Perfectamente puede ocurrir que alguien tribute en España y cotice en su país de origen, o al revés.

Dentro de la Unión Europea: el certificado A1

La regla general en la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y Suiza es la unicidad de legislación: se cotiza en un solo Estado. El certificado A1 acredita cuál es la legislación aplicable y exime de cotizar en el país de destino. Se emite para:

  • Desplazamientos temporales por cuenta del empleador, dentro de los límites temporales previstos y prorrogables en determinados supuestos.
  • Pluriactividad: quien trabaja habitualmente en dos o más Estados miembros, con reglas específicas para determinar cuál es la legislación aplicable en función de la parte sustancial de la actividad y del domicilio del empleador.

Para grupos con presencia europea y equipos que viajan, el A1 no es un formalismo: las inspecciones de trabajo en varios Estados miembros lo exigen en los controles, y su ausencia genera responsabilidad por cotizaciones no ingresadas.

Con América Latina: convenios bilaterales

España mantiene convenio bilateral de Seguridad Social con Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. Su contenido típico incluye:

Legislación aplicable

Determina en qué país se cotiza y permite mantener la cotización de origen durante el desplazamiento temporal, mediante certificado de cobertura.

Totalización de periodos

Los periodos cotizados en un país se computan en el otro para causar derecho a las prestaciones, aunque cada Estado pague la parte proporcional que le corresponde.

Exportación de prestaciones

Permite percibir la pensión reconocida residiendo en el otro país, sin las restricciones que impondría la legislación interna.

La totalización cambia pensiones enteras

Alguien que cotizó quince años en Colombia y doce en España puede no alcanzar el periodo mínimo de carencia en ninguno de los dos sistemas por separado. Con el convenio, esos periodos se suman a efectos de causar derecho, y después cada país calcula y paga su pensión proporcional conforme a lo efectivamente cotizado en él. Es la diferencia entre cobrar dos pensiones parciales y no cobrar ninguna.

El Convenio Multilateral Iberoamericano

Es un instrumento de la Organización Iberoamericana de la Seguridad Social que crea un espacio común de protección social en Iberoamérica y que amplía el alcance de la coordinación más allá de los convenios bilaterales existentes, aplicándose entre los Estados que lo han ratificado y suscrito su acuerdo de aplicación.

En la práctica, resulta especialmente relevante para nacionales de países que no tienen convenio bilateral con España pero sí están vinculados por el multilateral. Su aplicabilidad concreta a un caso hay que verificarla, porque depende del estado de ratificación de cada país y de las prestaciones incluidas.

El caso del nómada digital

Es la consulta que más nos llega. Alguien que reside en España con visado de teletrabajo internacional y trabaja para un empleador extranjero tiene que resolver dónde cotiza:

  • Si hay convenio bilateral con el país del empleador y se cumplen sus condiciones, puede mantenerse la cotización de origen mediante el certificado de cobertura correspondiente, durante el periodo que el convenio permita.
  • Si no lo hay, la regla general lleva al alta en el sistema español, lo que obliga al empleador extranjero a inscribirse como empresario o a articular la fórmula que corresponda, con el coste que ello supone.

Es una variable que hay que cerrar antes de solicitar la autorización, porque forma parte de la documentación del expediente y porque su coste puede alterar la ecuación económica del traslado.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cotizar en los dos países a la vez?

Los convenios existen precisamente para evitarlo: establecen la unicidad de legislación aplicable, de modo que en cada momento se cotiza en un solo sistema. La doble cotización efectiva suele ser señal de que no se ha tramitado el certificado que correspondía. Cuando ocurre, hay procedimientos de devolución de lo indebidamente ingresado, aunque son lentos y con plazos de prescripción que conviene no dejar correr.

Cotizo en España pero pienso volver a mi país. ¿Pierdo lo cotizado?

Si tu país tiene convenio bilateral con España o resulta aplicable el Convenio Multilateral Iberoamericano, no: esos periodos se computarán para causar derecho a prestaciones, y España pagará en su día la pensión proporcional que corresponda al periodo cotizado aquí, exportable a tu país de residencia. Si no hay instrumento aplicable, la situación es distinta y conviene analizarla antes de tomar decisiones sobre el retorno, porque puede haber alternativas como el convenio especial con la Seguridad Social.

¿Qué cubre exactamente el convenio de mi país?

Varía. Los convenios delimitan su campo de aplicación material —jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, prestaciones sanitarias, accidentes de trabajo— y no todos cubren lo mismo. Algunos incluyen asistencia sanitaria y otros no, lo que es determinante para decidir si hace falta seguro médico privado. Es una de las verificaciones que hacemos en cada expediente de traslado, país por país.

Soy autónomo y me traslado a España. ¿Cómo funciona?

Los convenios contemplan también a los trabajadores por cuenta propia, con reglas específicas de desplazamiento temporal que permiten mantener la cotización de origen durante un periodo. Si el traslado es definitivo, lo normal es el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos español, con su sistema de cotización por tramos según rendimientos netos. Conviene calcular ese coste al presupuestar el traslado: es una partida que casi nadie anticipa correctamente. Ver residencia por cuenta propia.

Cuéntanos tu proyecto y te decimos por dónde se entra

Escríbenos con tu situación: dónde vives ahora, a qué te dedicas, si vienes solo o con familia y si detrás hay una empresa. Te devolvemos por escrito qué vía de residencia encaja, qué régimen fiscal te corresponde, qué plazos reales maneja cada trámite y cuánto cuesta, antes de que asumas ningún compromiso.

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