Desde América Latina hacia Europa: España es la puerta
Mismo idioma, misma tradición jurídica y acceso directo a un mercado de 450 millones de consumidores. Aquí tienes, país por país, qué convenio se aplica, qué régimen de visado rige y qué ventajas concretas tienes.
Ficha país por país
Cada ficha recoge el convenio de doble imposición aplicable, el convenio de Seguridad Social, la exigencia o no de visado Schengen, el acceso a la nacionalidad española en dos años y las particularidades reales de operar desde ese país.
Las cuatro ventajas que comparten los diecinueve
1. Nacionalidad española en dos años, sin renunciar a la tuya
El artículo 22.1 del Código Civil reduce a dos años el plazo de residencia legal y continuada exigido para adquirir la nacionalidad española por residencia a los nacionales de países iberoamericanos, frente a los diez años del régimen general. Y el artículo 23 exime a esos mismos nacionales del deber de renunciar a su nacionalidad anterior.
Es, con diferencia, la mayor ventaja competitiva de un pasaporte latinoamericano frente a cualquier otro extracomunitario. Dos años de residencia legal bien planificados abren la ciudadanía de la Unión Europea, con libertad de circulación, establecimiento y trabajo en los veintisiete Estados miembros. Lo desarrollamos en nacionalidad española en dos años.
2. Una red de convenios que no tiene ningún otro país europeo
España mantiene convenio de doble imposición en vigor con quince países latinoamericanos: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, México, Panamá, Paraguay, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. Estos convenios limitan la tributación en la fuente de dividendos, intereses y cánones, reparten la potestad tributaria sobre beneficios empresariales y rentas del trabajo, y ofrecen un procedimiento amistoso cuando hay conflicto.
No hay convenio en vigor con Guatemala, Honduras, Nicaragua y Perú. En el caso peruano, el convenio se firmó en 2006 pero nunca llegó a ratificarse. Eso no impide operar —la doble imposición se corrige unilateralmente— pero sí obliga a estructurar la inversión con más cuidado. Ver convenios de doble imposición.
3. La Seguridad Social viaja contigo
España tiene convenio bilateral de Seguridad Social con Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. A ello se suma el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, que amplía la cobertura a más países del área.
Estos instrumentos permiten dos cosas muy valiosas: evitar la doble cotización cuando se trabaja desplazado, y sumar los periodos cotizados en ambos países para causar derecho a pensión. Alguien que cotizó quince años en Bogotá y doce en Madrid puede llegar a una pensión que, por separado, no habría alcanzado en ninguno de los dos sistemas. Ver Seguridad Social internacional.
4. España opera en tu idioma y con tu derecho
Suena obvio y se subestima constantemente. Toda la documentación societaria, los contratos, las escrituras públicas y la relación con la Administración tributaria se desarrollan en español. El derecho de sociedades español pertenece a la misma familia jurídica continental que el de todos los países del área, de modo que los conceptos —sociedad limitada, capital social, junta general, administrador solidario o mancomunado— significan aproximadamente lo mismo a ambos lados del Atlántico.
Frente a implantarse en Irlanda, Países Bajos o Alemania, el ahorro no es solo de traducción: es de curva de aprendizaje, de errores evitados y de tiempo de dirección. Ver España como puente hacia Europa.
Lo que sí cambia de un país a otro
El régimen de visado para estancias cortas. Bolivia, Cuba, Ecuador y República Dominicana siguen necesitando visado Schengen; los otros quince países del área están exentos para estancias de hasta noventa días. Esto no afecta al derecho a residir —eso se decide por la vía de residencia elegida— pero sí a la logística del proyecto: la primera visita exploratoria o la firma ante notario en España requieren una planificación distinta.
Los tres proyectos que más nos llegan desde América Latina
Un grupo familiar o industrial que ya exporta a Europa y quiere una entidad propia que centralice las ventas, contrate al equipo comercial y, en su caso, tenga las filiales europeas. Aquí entra en juego el régimen de la entidad de tenencia de valores extranjeros y la exención del 95 % sobre dividendos y plusvalías de participaciones. Se decide antes de constituir nada.
Un perfil técnico o directivo con oferta de una empresa española, o que sigue trabajando en remoto para su empleador de origen. La combinación ganadora suele ser altamente cualificado o nómada digital más régimen de impatriados, con la familia tramitada en la misma solicitud. Y con el reloj de los seis meses corriendo desde el alta.
Un fundador con un proyecto tecnológico o de servicios que necesita presencia europea para vender, contratar o levantar capital. La vía es el visado de emprendedor, con informe favorable previo sobre el carácter innovador del proyecto. La memoria del proyecto es el 80 % del expediente y casi nadie la prepara bien.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que ser residente en España para abrir una sociedad española?
No. Cualquier persona física o jurídica extranjera puede ser socia y administradora de una sociedad española sin residir en España; solo necesita NIE o NIF. La residencia es una decisión independiente, que se toma en función de dónde vayas a vivir tú y qué régimen fiscal te interese. Muchos clientes constituyen primero la sociedad, la ponen a operar y deciden después si trasladan su residencia personal.
Mi país no tiene convenio de doble imposición con España. ¿Es un problema serio?
Es un factor a tener en cuenta, no un obstáculo insalvable. Sin convenio no hay tipos limitados en la fuente ni reglas de reparto pactadas, y la doble imposición se corrige unilateralmente por la vía del artículo 80 de la Ley del IRPF o del artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, con el límite del impuesto que correspondería pagar en España. En la práctica, esto suele orientar la estructura hacia decisiones distintas: dónde se sitúa la sociedad que percibe dividendos, cómo se remunera al socio o si conviene una entidad intermedia en un país con convenio. Lo analizamos en las fichas de Guatemala, Honduras, Nicaragua y Perú.
¿Los dos años para la nacionalidad se cuentan desde que llego?
Se cuentan desde que la residencia es legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Esto excluye los periodos en situación irregular y plantea dudas con las estancias por estudios, que tienen un tratamiento propio. Además, la continuidad se rompe con ausencias prolongadas del territorio español. Es un cómputo que conviene verificar antes de presentar el expediente, porque una solicitud prematura se deniega y hay que volver a empezar.
¿Puedo sacar dinero de mi país para invertir en España sin problemas?
Depende del régimen cambiario de tu país, y en algunos casos —Argentina y Venezuela son los ejemplos más evidentes— hay restricciones o costes relevantes que conviene mapear antes de comprometerse con plazos de inversión. Del lado español, lo que se exige es acreditar el origen lícito de los fondos ante la entidad bancaria y, si procede, declarar los movimientos de capitales. Es el punto en el que se atascan más operaciones, y se resuelve preparando el expediente documental con antelación. Ver banca y prevención de blanqueo.
Cuéntanos tu proyecto y te decimos por dónde se entra
Escríbenos con tu situación: dónde vives ahora, a qué te dedicas, si vienes solo o con familia y si detrás hay una empresa. Te devolvemos por escrito qué vía de residencia encaja, qué régimen fiscal te corresponde, qué plazos reales maneja cada trámite y cuánto cuesta, antes de que asumas ningún compromiso.
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