Permiso de Trabajo

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El método, sin misterio

Del primer correo a la tarjeta y la primera declaración

Diagnóstico previo, honorarios cerrados por escrito, poder notarial apostillado y tramitación electrónica. La mayor parte del proceso se resuelve antes de que pongas un pie en España.

Fase 0 · La primera conversación

Nos escribes a Contacto@LRB.es o al WhatsApp. Cuanto más concreto sea el planteamiento, más útil será la respuesta. Lo que nos ayuda a orientarte de verdad:

  • Tu nacionalidad y dónde resides fiscalmente ahora.
  • A qué te dedicas: empleado, socio de una empresa, profesional independiente o rentista.
  • Si vienes solo o con familia, y las edades de los hijos si los hay.
  • Si hay una empresa detrás, propia o ajena, y en qué país.
  • Tu calendario: si hay una fecha comprometida o el horizonte es abierto.
  • Si ya has iniciado algún trámite o recibido alguna denegación.

Con eso te decimos, sin coste y en la primera respuesta, si el caso encaja, qué vía parece la adecuada y qué haría falta para valorarlo con rigor.

Fase 1 · Diagnóstico

Es el trabajo que más valor aporta y el que más gente se salta. Analizamos tu situación completa y te entregamos por escrito:

Vía de residencia recomendada

Cuál encaja con tu perfil, por qué, y qué alternativas hemos descartado y con qué motivo. Con los requisitos concretos que tendrás que acreditar.

Régimen fiscal aplicable

Cuándo pasarías a ser residente fiscal, si tienes acceso al régimen de impatriados, qué tributarías en cada escenario y qué obligaciones informativas te alcanzarían.

Estructura societaria

Si hay empresa: filial o sucursal, quién debe ser el socio, dónde se sitúan funciones y riesgos y qué documentación de operaciones vinculadas hará falta.

Calendario y coste

Plazos realistas de cada trámite —incluida la disponibilidad de cita consular en tu país— y desglose de costes por partida, con honorarios cerrados.

Aquí es donde se gana o se pierde el dinero

El diagnóstico dura entre unos días y un par de semanas según la complejidad. Es un tiempo que parece un retraso y no lo es: las decisiones que se toman aquí condicionan los seis ejercicios siguientes. Constituir primero y planificar después obliga a corregir con operaciones societarias que tienen su propio coste fiscal.

Fase 2 · Poder notarial y documentación

Si decides seguir adelante, te enviamos:

  • El texto del poder notarial redactado por nosotros, con facultades suficientes para toda la operación: solicitar el NIE, constituir la sociedad, aceptar cargos, iniciar la relación bancaria y presentar declaraciones. Lo firmas ante notario en tu país y lo apostillas.
  • La lista cerrada de documentos que necesitamos, con indicación de cuáles requieren apostilla y cuáles traducción jurada, y de la antigüedad máxima admitida en cada caso.
  • El guion del expediente bancario: qué documentación de origen de fondos y de titularidad real hay que reunir. Se prepara en paralelo, no después.

Un poder redactado con facultades demasiado estrechas obliga a repetir la visita al notario y la apostilla, con semanas de retraso. Por eso lo redactamos nosotros antes de que vayas.

Fase 3 · Tramitación

3.1

Identificación

Obtención del NIE de socios y administradores y, si procede, del NIF de la entidad extranjera.

3.2

Sociedad

Constitución, inscripción registral, alta censal, certificado electrónico y alta en el VIES si vas a operar con Europa.

3.3

Residencia

Presentación ante el organismo competente —consulado, oficina de extranjería o Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos—, respuesta a requerimientos y control de plazos.

3.4

Banca

Presentación del expediente en la entidad seleccionada, seguimiento y respuesta a las peticiones de información adicional.

Durante toda esta fase te informamos del estado real del expediente, no de la expectativa. Si algo se ha atascado, lo decimos, y si el plazo se ha alargado, también.

Fase 4 · Aterrizaje

Es la fase donde se materializa —o se pierde— todo lo planificado en la fase 1:

  • Empadronamiento y solicitud de la tarjeta de identidad de extranjero con toma de huellas.
  • Alta en la Seguridad Social o presentación del certificado de cobertura si hay convenio bilateral aplicable.
  • Modelo 149 del régimen de impatriados dentro de los seis meses. Este es el hito que marcamos en rojo en el calendario del expediente.
  • Calendario fiscal del primer ejercicio: modelos periódicos, pagos fraccionados y primera declaración anual.
  • Cuentas anuales y depósito, si hay sociedad.

Acompañamos el primer ejercicio completo. No cerramos el expediente cuando llega la tarjeta: lo cerramos cuando se ha presentado la primera declaración anual y los criterios están fijados. Es el año que determina cómo se hará todo lo demás.

Honorarios

Siempre cerrados y por escrito antes de empezar, con el alcance y los entregables definidos. Si el asunto se amplía —aparece una contingencia, hay que recurrir una denegación, se añade una sociedad—, se acuerda de nuevo por escrito antes de hacer nada.

Damos desglose por partidas, separando lo que son costes de terceros —notaría, registros, tasas, traducciones, apostillas— de nuestros honorarios profesionales. Es la única forma de que puedas comparar de verdad, y de que sepas qué parte del presupuesto es negociable y cuál no.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dura todo el proceso?

Depende sobre todo de dos factores que no controlamos: la vía elegida y tu país de origen. Las autorizaciones de la Ley 14/2013 se resuelven en plazos cortos con silencio positivo; el régimen general es sensiblemente más lento y añade la espera de cita consular, que varía enormemente entre consulados. Cualquier plazo que te den sin conocer esos dos datos es un plazo inventado. En el diagnóstico te damos una estimación fundada, con los tramos que dependen de terceros identificados como tales.

¿Tengo que viajar a España en algún momento?

Sí, pero probablemente una sola vez y al final. La toma de huellas para la tarjeta de identidad de extranjero es presencial, y algunas entidades bancarias exigen identificación presencial o por videoconferencia. Lo que evitamos es el viaje improductivo de tres semanas al principio: con el poder apostillado resolvemos NIE, sociedad, alta censal y solicitudes desde aquí, y organizamos tu viaje para que todo lo presencial se concentre en unos pocos días.

¿Qué pasa si me deniegan la solicitud?

Lo primero, entender el motivo, porque determina la estrategia: si es subsanable, muchas veces la vía más rápida es una nueva solicitud bien construida en lugar de un recurso que tardará más que el propio procedimiento; si es de fondo, hay que replantear la vía. Caben recurso de reposición y contencioso-administrativo, y los asumimos. En el presupuesto inicial dejamos claro qué incluye y qué no, para que no haya sorpresas si llega ese momento.

¿Podéis llevar también mi contabilidad y mis impuestos después?

Sí, y en la mayoría de los casos es lo recomendable: quien diseñó la estructura es quien mejor puede mantener la coherencia de los criterios en las declaraciones. LRB Tax & Legal lleva asesoramiento fiscal y contable recurrente de empresas y particulares. Si prefieres trabajar con otro asesor, también funciona: le entregamos el criterio documentado para que pueda continuarlo.

Cuéntanos tu proyecto y te decimos por dónde se entra

Escríbenos con tu situación: dónde vives ahora, a qué te dedicas, si vienes solo o con familia y si detrás hay una empresa. Te devolvemos por escrito qué vía de residencia encaja, qué régimen fiscal te corresponde, qué plazos reales maneja cada trámite y cuánto cuesta, antes de que asumas ningún compromiso.

Correo: Contacto@LRB.es · WhatsApp: +34 684 234 831
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