Abrir empresa en España desde Paraguay
Convenio aplicable, régimen de visado, Seguridad Social y acceso a la nacionalidad española, con las particularidades reales de operar desde Paraguay. Y cómo usar España de puerta de entrada a los veintisiete Estados miembros.
Paraguay y España, de un vistazo
Los cinco datos que condicionan cualquier proyecto
- Convenio de doble imposición
- En vigor Convenio publicado en el BOE en julio de 2024. Es el más reciente que España ha incorporado con un país de América Latina.
- Seguridad Social
- Convenio bilateral Convenio bilateral de Seguridad Social con España en vigor, con desplazamiento temporal y totalización de periodos cotizados.
- Visado para estancias cortas
- No necesario Los nacionales de Paraguay están exentos de visado Schengen para estancias de hasta noventa días, lo que permite venir a explorar el mercado, firmar ante notario o abrir la cuenta bancaria sin trámite previo. Ten presente que la Unión Europea tiene previsto implantar la autorización electrónica de viaje ETIAS para los viajeros exentos de visado, con un calendario que se ha ido desplazando: conviene verificar su exigibilidad antes de cada viaje.
- Nacionalidad española
- Dos años Por ser país iberoamericano, bastan dos años de residencia legal y continuada, frente a los diez del régimen general, y sin renunciar a la nacionalidad de origen.
- Doble nacionalidad
- Convenio de doble nacionalidad Convenio de doble nacionalidad con España desde 1959.
Por qué Paraguay mira a España
Paraguay acaba de incorporarse al grupo de países con convenio de doble imposición en vigor con España, y eso abre un escenario nuevo que todavía está poco explorado. Para un empresario paraguayo con vocación europea, es probablemente el mejor momento de los últimos veinte años.
La lógica de fondo es la misma para los diecinueve países de la región y merece recordarla: una sociedad española es una empresa de la Unión Europea a todos los efectos. Vende en un mercado de 450 millones de consumidores sin barreras interiores, factura sin IVA a clientes europeos con el alta en el VIES y opera en español, con un derecho de sociedades que pertenece a la misma familia jurídica que el de Paraguay. Lo desarrollamos en España como puente hacia Europa.
Un convenio recién estrenado
El convenio se publicó en el BOE en julio de 2024, de modo que su aplicación práctica es todavía incipiente y hay poca doctrina administrativa consolidada sobre él. Eso tiene una parte de oportunidad —los tipos limitados en la fuente y las reglas de reparto están ya disponibles y muy pocos los están aprovechando— y una parte de prudencia: en cuestiones interpretativas conviene ser conservador y documentar bien el criterio aplicado, porque no hay todavía precedentes en los que apoyarse.
Baja tributación local y renta mundial española
Paraguay es conocido por una presión fiscal comparativamente baja y por un régimen esencialmente territorial. El contraste con la tributación española por renta mundial es fuerte, y es exactamente donde hay que poner el foco al planificar un traslado personal: rentas que en Paraguay quedaban fuera de gravamen pasan a estar plenamente sujetas en España desde la adquisición de la residencia fiscal. El régimen de impatriados, que deja fuera de tributación española buena parte de la renta extranjera durante seis ejercicios, es aquí especialmente valioso.
Qué pasa con los impuestos
El convenio de doble imposición entre España y Paraguay está en vigor, lo que aporta tres ventajas concretas: tipos máximos de retención en la fuente sobre dividendos, intereses y cánones; reglas de reparto de la potestad tributaria sobre cada categoría de renta; y reglas de desempate si ambos Estados te consideran residente, con procedimiento amistoso entre administraciones si el conflicto persiste.
Para aplicarlo hay un requisito práctico que se incumple constantemente: entregar al pagador un certificado de residencia fiscal expedido a los efectos del convenio por la autoridad tributaria del otro Estado. Sin ese documento se aplica el tipo interno, y recuperar el exceso obliga después a un procedimiento de devolución largo. Ver convenios de doble imposición.
Y por encima de todo eso hay una pregunta previa que ordena el análisis: si pasas o no a ser residente fiscal en España. El residente tributa por renta mundial; el no residente, solo por las rentas de fuente española y a tipos fijos. La diferencia se cuenta en decenas de miles de euros al año.
Cómo llegas: las vías que mejor funcionan
Teletrabajo internacional
Si mantienes tu empleo o tus clientes en Paraguay y quieres residir en España. Es la vía que mejor combina con el régimen fiscal de impatriados.
Emprendedor
Si vienes a desarrollar un proyecto empresarial con componente innovador. Requiere informe favorable previo sobre el interés económico del proyecto.
Altamente cualificado
Si te contrata una empresa española con una retribución que alcance el umbral. Sin situación nacional de empleo y con resolución rápida.
Y a los dos años, la nacionalidad
Dos años de residencia legal y continuada bastan para solicitar la nacionalidad española, y con ella la ciudadanía de la Unión Europea.
El plazo que más se pierde
El régimen de impatriados permite tributar al 24 % fijo hasta 600.000 € de rendimientos del trabajo durante seis ejercicios, y deja fuera de gravamen en España la mayor parte de la renta de fuente extranjera. Pero se solicita con el modelo 149 dentro de los seis meses siguientes al alta en la Seguridad Social. No hay prórroga, ni subsanación, ni recurso. Es la decisión que hay que tomar antes de mudarse, no después.
Qué hacemos por un cliente de Paraguay
- Diagnóstico escrito de la vía de residencia que encaja, el régimen fiscal aplicable y la estructura societaria recomendada, con plazos y coste cerrado antes de empezar.
- Poder notarial redactado por nosotros para que lo firmes en Paraguay con apostilla, y con él resolvemos NIE, constitución y trámites sin que viajes.
- Constitución de la sociedad española o alta como autónomo, con estatutos ajustados al proyecto real. Ver constituir una sociedad.
- Expediente bancario de origen de fondos y titularidad real preparado en paralelo, que es donde se atascan la mayoría de las implantaciones. Ver banca y prevención de blanqueo.
- Solicitud de residencia para ti y para tu familia, tramitadas conjuntamente cuando la vía lo permite.
- Aterrizaje fiscal: alta censal, VIES, régimen de impatriados en plazo y calendario del primer ejercicio completo.
- Expediente de nacionalidad preparado con antelación para presentarlo el día que se cumplan los dos años.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo puedo aplicar el nuevo convenio?
Desde su entrada en vigor y en los términos de su propia cláusula de aplicación temporal, que suele distinguir entre impuestos retenidos en la fuente e impuestos sobre la renta por periodos impositivos. No es un detalle menor: determina si una operación concreta se rige por el convenio o por la legislación interna. Antes de aplicar un tipo reducido de retención conviene verificar la fecha exacta a la que se refiere la operación.
Mi empresa es de maquila y exporto a Europa. ¿Qué me aporta una sociedad española?
Una entidad importadora y distribuidora establecida en la Unión Europea. El despacho aduanero se realiza una sola vez y a partir de ahí la mercancía circula libremente por los veintisiete Estados miembros. Además, la sociedad española puede facturar sin IVA a clientes empresariales de toda Europa con el alta en el VIES, y gestionar desde un único registro las ventas a consumidores finales de todos los países mediante la ventanilla única. Para un exportador, esa simplificación operativa suele valer más que cualquier ventaja fiscal.
¿Tengo que viajar a España para montar la empresa?
En la mayoría de los casos, no. Con un poder notarial otorgado ante notario en Paraguay y apostillado obtenemos tu NIE, constituimos la sociedad, la inscribimos y presentamos las solicitudes de residencia. Los dos puntos que pueden exigir tu presencia son la apertura de la cuenta bancaria, porque algunas entidades requieren identificación presencial o por videoconferencia, y la toma de huellas para la tarjeta de identidad de extranjero una vez concedida la autorización.
¿Cuánto cuesta todo el proceso?
Te damos el desglose por partidas antes de empezar, no una cifra global: certificación de denominación, notaría, Registro Mercantil, tasas de extranjería, traducciones juradas y apostillas, y nuestros honorarios cerrados por escrito. El capital social no es un gasto: queda en la sociedad y se usa para operar. Lo que sí conviene presupuestar como partida estructural es el coste recurrente de cumplimiento fiscal y contable, que en España no es despreciable.
Cuéntanos tu proyecto y te decimos por dónde se entra
Escríbenos con tu situación: dónde vives ahora, a qué te dedicas, si vienes solo o con familia y si detrás hay una empresa. Te devolvemos por escrito qué vía de residencia encaja, qué régimen fiscal te corresponde, qué plazos reales maneja cada trámite y cuánto cuesta, antes de que asumas ningún compromiso.
Correo: Contacto@LRB.es · WhatsApp: +34 684 234 831