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Bolivia → España → Unión Europea

Abrir empresa en España desde Bolivia

Convenio aplicable, régimen de visado, Seguridad Social y acceso a la nacionalidad española, con las particularidades reales de operar desde Bolivia. Y cómo usar España de puerta de entrada a los veintisiete Estados miembros.

Bolivia y España, de un vistazo

Los cinco datos que condicionan cualquier proyecto

Convenio de doble imposición
En vigor Convenio publicado en el BOE en diciembre de 1998 y en vigor desde entonces.
Seguridad Social
Multilateral iberoamericano No existe convenio bilateral de Seguridad Social con España. Puede resultar aplicable el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, cuya aplicabilidad concreta hay que verificar en cada caso.
Visado para estancias cortas
Visado Schengen Los nacionales de Bolivia siguen necesitando visado Schengen para estancias cortas en España. Esto no afecta al derecho a residir, que se decide por la vía de residencia que se elija, pero sí a la logística: por eso trabajamos con poder notarial apostillado, que permite resolver desde España prácticamente todos los trámites sin desplazamiento.
Nacionalidad española
Dos años Por ser país iberoamericano, bastan dos años de residencia legal y continuada, frente a los diez del régimen general, y sin renunciar a la nacionalidad de origen.
Doble nacionalidad
Convenio de doble nacionalidad Convenio de doble nacionalidad con España desde 1961.

Por qué Bolivia mira a España

La comunidad boliviana en España es numerosa y está muy asentada, especialmente en Madrid, Barcelona y el arco mediterráneo. Para el empresario o profesional boliviano que se plantea Europa, el punto de partida es favorable en lo fiscal —hay convenio en vigor desde hace más de dos décadas— y algo más exigente en lo logístico, porque la primera visita requiere visado Schengen.

La lógica de fondo es la misma para los diecinueve países de la región y merece recordarla: una sociedad española es una empresa de la Unión Europea a todos los efectos. Vende en un mercado de 450 millones de consumidores sin barreras interiores, factura sin IVA a clientes europeos con el alta en el VIES y opera en español, con un derecho de sociedades que pertenece a la misma familia jurídica que el de Bolivia. Lo desarrollamos en España como puente hacia Europa.

El visado Schengen cambia la logística del proyecto

Bolivia es uno de los cuatro países latinoamericanos cuyos nacionales siguen necesitando visado para estancias cortas en el espacio Schengen. Esto no afecta al derecho a residir —eso lo determina la vía de residencia que se elija— pero sí a la planificación: no se puede venir a explorar el mercado, firmar ante notario o abrir la cuenta bancaria improvisando un viaje. Por eso en los expedientes bolivianos trabajamos casi siempre con poder notarial apostillado, que permite constituir la sociedad y obtener el NIE sin desplazamiento.

Sectores que más nos llegan

Agroindustria y derivados de la soja, minería y servicios asociados, manufactura textil y, cada vez más, servicios profesionales y desarrollo de software. En los proyectos de exportación de bienes, la ventaja de una sociedad española es directa: una vez despachada la mercancía a libre práctica en la Unión Europea, circula sin barreras por los veintisiete Estados miembros, y la entidad española puede gestionar toda la distribución europea desde un único registro de IVA.

Qué pasa con los impuestos

El convenio de doble imposición entre España y Bolivia está en vigor, lo que aporta tres ventajas concretas: tipos máximos de retención en la fuente sobre dividendos, intereses y cánones; reglas de reparto de la potestad tributaria sobre cada categoría de renta; y reglas de desempate si ambos Estados te consideran residente, con procedimiento amistoso entre administraciones si el conflicto persiste.

Para aplicarlo hay un requisito práctico que se incumple constantemente: entregar al pagador un certificado de residencia fiscal expedido a los efectos del convenio por la autoridad tributaria del otro Estado. Sin ese documento se aplica el tipo interno, y recuperar el exceso obliga después a un procedimiento de devolución largo. Ver convenios de doble imposición.

Y por encima de todo eso hay una pregunta previa que ordena el análisis: si pasas o no a ser residente fiscal en España. El residente tributa por renta mundial; el no residente, solo por las rentas de fuente española y a tipos fijos. La diferencia se cuenta en decenas de miles de euros al año.

Cómo llegas: las vías que mejor funcionan

01

Teletrabajo internacional

Si mantienes tu empleo o tus clientes en Bolivia y quieres residir en España. Es la vía que mejor combina con el régimen fiscal de impatriados.

Ley 14/2013
02

Emprendedor

Si vienes a desarrollar un proyecto empresarial con componente innovador. Requiere informe favorable previo sobre el interés económico del proyecto.

Ley 14/2013
03

Altamente cualificado

Si te contrata una empresa española con una retribución que alcance el umbral. Sin situación nacional de empleo y con resolución rápida.

Ley 14/2013
04

Y a los dos años, la nacionalidad

Dos años de residencia legal y continuada bastan para solicitar la nacionalidad española, y con ella la ciudadanía de la Unión Europea.

Dos años

El plazo que más se pierde

El régimen de impatriados permite tributar al 24 % fijo hasta 600.000 € de rendimientos del trabajo durante seis ejercicios, y deja fuera de gravamen en España la mayor parte de la renta de fuente extranjera. Pero se solicita con el modelo 149 dentro de los seis meses siguientes al alta en la Seguridad Social. No hay prórroga, ni subsanación, ni recurso. Es la decisión que hay que tomar antes de mudarse, no después.

Qué hacemos por un cliente de Bolivia

  • Diagnóstico escrito de la vía de residencia que encaja, el régimen fiscal aplicable y la estructura societaria recomendada, con plazos y coste cerrado antes de empezar.
  • Poder notarial redactado por nosotros para que lo firmes en Bolivia con apostilla, y con él resolvemos NIE, constitución y trámites sin que viajes.
  • Constitución de la sociedad española o alta como autónomo, con estatutos ajustados al proyecto real. Ver constituir una sociedad.
  • Expediente bancario de origen de fondos y titularidad real preparado en paralelo, que es donde se atascan la mayoría de las implantaciones. Ver banca y prevención de blanqueo.
  • Solicitud de residencia para ti y para tu familia, tramitadas conjuntamente cuando la vía lo permite.
  • Aterrizaje fiscal: alta censal, VIES, régimen de impatriados en plazo y calendario del primer ejercicio completo.
  • Expediente de nacionalidad preparado con antelación para presentarlo el día que se cumplan los dos años.

Preguntas frecuentes

¿Necesito visado para venir a firmar la constitución de la sociedad?

No, si nos otorgas un poder notarial en Bolivia con apostilla de La Haya. Con ese poder solicitamos tu NIE, firmamos la escritura de constitución e inscribimos la sociedad sin que tengas que desplazarte. El visado te hará falta cuando quieras venir personalmente, y en ese momento la existencia de una sociedad española operativa y de una relación bancaria abierta refuerza notablemente la solicitud consular.

¿Cómo funciona la Seguridad Social si me traslado?

Al no existir convenio bilateral, no cabe el mecanismo habitual del certificado de cobertura para mantener la cotización boliviana durante un desplazamiento. Hay que analizar si resulta aplicable el Convenio Multilateral Iberoamericano y, si no, lo normal es el alta en el sistema español desde el inicio de la actividad. Es un coste que conviene presupuestar al planificar el traslado, porque en el régimen de autónomos españoles no es una cifra menor.

¿Tengo que viajar a España para montar la empresa?

En la mayoría de los casos, no. Con un poder notarial otorgado ante notario en Bolivia y apostillado obtenemos tu NIE, constituimos la sociedad, la inscribimos y presentamos las solicitudes de residencia. Los dos puntos que pueden exigir tu presencia son la apertura de la cuenta bancaria, porque algunas entidades requieren identificación presencial o por videoconferencia, y la toma de huellas para la tarjeta de identidad de extranjero una vez concedida la autorización.

¿Cuánto cuesta todo el proceso?

Te damos el desglose por partidas antes de empezar, no una cifra global: certificación de denominación, notaría, Registro Mercantil, tasas de extranjería, traducciones juradas y apostillas, y nuestros honorarios cerrados por escrito. El capital social no es un gasto: queda en la sociedad y se usa para operar. Lo que sí conviene presupuestar como partida estructural es el coste recurrente de cumplimiento fiscal y contable, que en España no es despreciable.

Cuéntanos tu proyecto y te decimos por dónde se entra

Escríbenos con tu situación: dónde vives ahora, a qué te dedicas, si vienes solo o con familia y si detrás hay una empresa. Te devolvemos por escrito qué vía de residencia encaja, qué régimen fiscal te corresponde, qué plazos reales maneja cada trámite y cuánto cuesta, antes de que asumas ningún compromiso.

Correo: Contacto@LRB.es · WhatsApp: +34 684 234 831
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