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Vender al mercado europeo

IVA intracomunitario y VIES: la llave para facturar en Europa

Sin estar en el VIES no se factura sin IVA a un cliente europeo. Y la Agencia Tributaria deniega el alta con más frecuencia de lo que la gente espera, sobre todo a sociedades de socios extranjeros.

Qué es el VIES y por qué importa

El VIES es el sistema europeo de intercambio de información sobre el IVA, un censo consultable en el que figuran los operadores autorizados a realizar operaciones intracomunitarias. En España se accede a él mediante el alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), que se solicita con la declaración censal.

Su efecto práctico es doble:

  • Permite facturar sin IVA a empresas de otros Estados miembros, en los supuestos de entregas intracomunitarias de bienes y de servicios localizados en sede del destinatario.
  • Permite recibir facturas sin IVA de proveedores europeos, aplicando la inversión del sujeto pasivo.

Sin VIES, tu proveedor europeo te repercutirá el IVA de su país —que no podrás deducir en España sin acudir a un procedimiento de devolución— y tú tendrás que repercutir IVA español a tu cliente europeo, que lo rechazará.

Por qué deniegan el alta

La Agencia Tributaria comprueba antes de dar el alta, y con frecuencia gira una visita censal o un requerimiento previo. Los motivos habituales de denegación: domicilio que no acredita actividad real, ausencia de medios materiales o personales, no aportar contratos o pedidos que justifiquen las operaciones previstas, administrador no localizable o dudas sobre la titularidad real. Es un filtro antifraude, y una sociedad recién constituida con socios extranjeros lo activa casi por definición. Se prepara el expediente antes de solicitarlo, no después de la denegación.

Las reglas que hay que tener claras

Entregas de bienes

La entrega intracomunitaria de bienes está exenta si el adquirente comunica un NIF-IVA válido de otro Estado miembro, si los bienes se transportan efectivamente fuera de España y si se declara correctamente en el modelo 349. Estos requisitos se han endurecido: el NIF-IVA válido y la declaración recapitulativa correcta son condiciones materiales de la exención, no meros formalismos. La prueba del transporte es el punto que más se discute en comprobaciones.

Prestaciones de servicios

La regla general para servicios entre empresarios sitúa la operación en la sede del destinatario, con inversión del sujeto pasivo: se factura sin IVA español y el cliente lo autoliquida en su país. Existen numerosas reglas especiales —inmuebles, transporte de pasajeros, acceso a manifestaciones, restauración— que se apartan de la regla general y que hay que verificar antes de emitir factura.

Comercio electrónico: OSS e IOSS

Para ventas a consumidores finales de otros Estados miembros rige un umbral común anual de ventas a distancia por debajo del cual se puede seguir aplicando el IVA del país de origen. Superado ese umbral, hay que repercutir el IVA del país de destino, lo que se gestiona sin registrarse en cada Estado mediante la ventanilla única (OSS). Para bienes importados de escaso valor existe la ventanilla IOSS.

Para un negocio latinoamericano de comercio electrónico que quiere vender en Europa, esta es una de las principales razones para tener una entidad europea: gestionar el IVA de veintisiete países desde un único registro.

Verificar al cliente antes de facturar

Antes de aplicar la exención hay que comprobar que el NIF-IVA del cliente está vigente en el VIES en el momento de la operación, y conservar prueba de esa consulta. Un cliente dado de baja del censo convierte una operación exenta en sujeta y no exenta, y la cuota no repercutida la acaba pagando el emisor. Es una comprobación de treinta segundos que evita liquidaciones considerables.

Solicítalo antes de necesitarlo. El alta en el ROI no es inmediata: entre la solicitud, la eventual comprobación censal y la resolución pueden pasar semanas. Si tu primera operación europea tiene fecha, hay que iniciar el trámite con margen suficiente y con el expediente documental listo para responder al requerimiento el mismo día que llegue.

Preguntas frecuentes

Me han denegado el alta en el ROI. ¿Qué hago?

Analizar la motivación y volver a solicitarlo reforzando exactamente el punto cuestionado: acreditar el domicilio con contrato de arrendamiento y suministros a nombre de la sociedad, aportar contratos o pedidos que justifiquen las operaciones intracomunitarias previstas, documentar los medios materiales y personales y asegurar que el administrador atiende los requerimientos. También cabe recurso, pero en la práctica una nueva solicitud bien documentada suele ser más rápida que discutir la primera.

¿Puedo facturar a un cliente europeo mientras espero el alta?

Puedes emitir la factura, pero sin NIF-IVA válido no procede aplicar la exención: habría que repercutir IVA español, lo que tu cliente rechazará porque no puede deducirlo. Las alternativas prácticas son retrasar la operación hasta obtener el alta, o emitir con IVA y rectificar después, lo que genera fricción comercial y trabajo administrativo. Por eso insistimos en tramitar el alta en paralelo a la constitución, no cuando aparece el primer cliente.

Vendo servicios digitales desde España a clientes de América Latina. ¿Llevan IVA?

Los servicios prestados a destinatarios establecidos fuera de la Unión Europea se localizan con carácter general fuera del territorio de aplicación del impuesto, por lo que no llevan IVA español, con las excepciones de la regla de utilización efectiva que hay que analizar caso por caso. Ahora bien, eso resuelve el IVA español y no la fiscalidad del país de destino: varios países latinoamericanos aplican impuestos indirectos a servicios digitales prestados desde el exterior, con obligaciones de registro locales.

¿Qué es el modelo 349 y cuándo se presenta?

Es la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: informa de las entregas y adquisiciones de bienes y de las prestaciones y adquisiciones de servicios realizadas con operadores de otros Estados miembros. Su periodicidad depende del volumen de operaciones. Su relevancia es mayor de lo que parece: la información se cruza automáticamente con la declarada por tu contraparte en su país, y las discrepancias generan requerimientos casi automáticos.

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