Abrir empresa en España desde Ecuador
Convenio aplicable, régimen de visado, Seguridad Social y acceso a la nacionalidad española, con las particularidades reales de operar desde Ecuador. Y cómo usar España de puerta de entrada a los veintisiete Estados miembros.
Ecuador y España, de un vistazo
Los cinco datos que condicionan cualquier proyecto
- Convenio de doble imposición
- En vigor Convenio publicado en el BOE en mayo de 1993, en vigor desde entonces.
- Seguridad Social
- Convenio bilateral Convenio bilateral de Seguridad Social con España en vigor, con desplazamiento temporal y totalización de periodos cotizados.
- Visado para estancias cortas
- Visado Schengen Los nacionales de Ecuador siguen necesitando visado Schengen para estancias cortas en España. Esto no afecta al derecho a residir, que se decide por la vía de residencia que se elija, pero sí a la logística: por eso trabajamos con poder notarial apostillado, que permite resolver desde España prácticamente todos los trámites sin desplazamiento.
- Nacionalidad española
- Dos años Por ser país iberoamericano, bastan dos años de residencia legal y continuada, frente a los diez del régimen general, y sin renunciar a la nacionalidad de origen.
- Doble nacionalidad
- Convenio de doble nacionalidad Convenio de doble nacionalidad con España desde 1964.
Por qué Ecuador mira a España
Ecuador tiene con España una de las relaciones migratorias más intensas de las últimas décadas, y la comunidad ecuatoriana está profundamente asentada aquí. En lo económico, el país reúne una combinación poco común: convenio fiscal, convenio de Seguridad Social y convenio de doble nacionalidad, todos en vigor.
La lógica de fondo es la misma para los diecinueve países de la región y merece recordarla: una sociedad española es una empresa de la Unión Europea a todos los efectos. Vende en un mercado de 450 millones de consumidores sin barreras interiores, factura sin IVA a clientes europeos con el alta en el VIES y opera en español, con un derecho de sociedades que pertenece a la misma familia jurídica que el de Ecuador. Lo desarrollamos en España como puente hacia Europa.
La economía dolarizada y el euro
Operar en dólares elimina el riesgo cambiario interno, pero no el de la conversión a euros de los fondos destinados a la inversión en España. Es una variable que conviene incorporar al presupuesto del proyecto, especialmente cuando entre la decisión y el desembolso median meses. Del lado documental, la trazabilidad suele ser buena: las declaraciones fiscales ecuatorianas y los movimientos bancarios en dólares se aceptan bien como acreditación del origen de los fondos.
El visado Schengen y cómo se sortea
Ecuador es uno de los cuatro países del área cuyos nacionales necesitan visado para estancias cortas en el espacio Schengen. La consecuencia práctica es que no se puede improvisar un viaje para firmar o para abrir una cuenta. La solución es la misma que aplicamos en Bolivia, Cuba y República Dominicana: poder notarial apostillado con facultades amplias, que permite resolver desde España la práctica totalidad de los trámites.
Qué pasa con los impuestos
El convenio de doble imposición entre España y Ecuador está en vigor, lo que aporta tres ventajas concretas: tipos máximos de retención en la fuente sobre dividendos, intereses y cánones; reglas de reparto de la potestad tributaria sobre cada categoría de renta; y reglas de desempate si ambos Estados te consideran residente, con procedimiento amistoso entre administraciones si el conflicto persiste.
Para aplicarlo hay un requisito práctico que se incumple constantemente: entregar al pagador un certificado de residencia fiscal expedido a los efectos del convenio por la autoridad tributaria del otro Estado. Sin ese documento se aplica el tipo interno, y recuperar el exceso obliga después a un procedimiento de devolución largo. Ver convenios de doble imposición.
Y por encima de todo eso hay una pregunta previa que ordena el análisis: si pasas o no a ser residente fiscal en España. El residente tributa por renta mundial; el no residente, solo por las rentas de fuente española y a tipos fijos. La diferencia se cuenta en decenas de miles de euros al año.
Cómo llegas: las vías que mejor funcionan
Teletrabajo internacional
Si mantienes tu empleo o tus clientes en Ecuador y quieres residir en España. Es la vía que mejor combina con el régimen fiscal de impatriados.
Emprendedor
Si vienes a desarrollar un proyecto empresarial con componente innovador. Requiere informe favorable previo sobre el interés económico del proyecto.
Altamente cualificado
Si te contrata una empresa española con una retribución que alcance el umbral. Sin situación nacional de empleo y con resolución rápida.
Y a los dos años, la nacionalidad
Dos años de residencia legal y continuada bastan para solicitar la nacionalidad española, y con ella la ciudadanía de la Unión Europea.
El plazo que más se pierde
El régimen de impatriados permite tributar al 24 % fijo hasta 600.000 € de rendimientos del trabajo durante seis ejercicios, y deja fuera de gravamen en España la mayor parte de la renta de fuente extranjera. Pero se solicita con el modelo 149 dentro de los seis meses siguientes al alta en la Seguridad Social. No hay prórroga, ni subsanación, ni recurso. Es la decisión que hay que tomar antes de mudarse, no después.
Qué hacemos por un cliente de Ecuador
- Diagnóstico escrito de la vía de residencia que encaja, el régimen fiscal aplicable y la estructura societaria recomendada, con plazos y coste cerrado antes de empezar.
- Poder notarial redactado por nosotros para que lo firmes en Ecuador con apostilla, y con él resolvemos NIE, constitución y trámites sin que viajes.
- Constitución de la sociedad española o alta como autónomo, con estatutos ajustados al proyecto real. Ver constituir una sociedad.
- Expediente bancario de origen de fondos y titularidad real preparado en paralelo, que es donde se atascan la mayoría de las implantaciones. Ver banca y prevención de blanqueo.
- Solicitud de residencia para ti y para tu familia, tramitadas conjuntamente cuando la vía lo permite.
- Aterrizaje fiscal: alta censal, VIES, régimen de impatriados en plazo y calendario del primer ejercicio completo.
- Expediente de nacionalidad preparado con antelación para presentarlo el día que se cumplan los dos años.
Preguntas frecuentes
¿Los años cotizados en Ecuador cuentan para mi pensión española?
Sí, gracias al convenio bilateral de Seguridad Social. Los periodos cotizados en cada país se totalizan a efectos de causar derecho a la prestación, y después cada Estado calcula y paga la pensión proporcional correspondiente a lo efectivamente cotizado en él. Para alguien que ha trabajado quince años en Ecuador y doce en España, esto puede significar la diferencia entre cobrar dos pensiones parciales y no alcanzar el periodo mínimo en ninguno de los dos sistemas.
Tengo familiares en España. ¿Me sirve para algo?
Depende del vínculo y de su situación. Si un familiar directo tiene nacionalidad española, puede abrirse la vía del régimen comunitario como familiar de ciudadano de la Unión, sensiblemente más favorable que el régimen general de extranjería. Si son residentes no comunitarios, la vía sería la reagrupación familiar, con sus propios requisitos de vivienda y medios. Y en todo caso, la existencia de arraigo familiar puede ser relevante en otros procedimientos.
¿Tengo que viajar a España para montar la empresa?
En la mayoría de los casos, no. Con un poder notarial otorgado ante notario en Ecuador y apostillado obtenemos tu NIE, constituimos la sociedad, la inscribimos y presentamos las solicitudes de residencia. Los dos puntos que pueden exigir tu presencia son la apertura de la cuenta bancaria, porque algunas entidades requieren identificación presencial o por videoconferencia, y la toma de huellas para la tarjeta de identidad de extranjero una vez concedida la autorización.
¿Cuánto cuesta todo el proceso?
Te damos el desglose por partidas antes de empezar, no una cifra global: certificación de denominación, notaría, Registro Mercantil, tasas de extranjería, traducciones juradas y apostillas, y nuestros honorarios cerrados por escrito. El capital social no es un gasto: queda en la sociedad y se usa para operar. Lo que sí conviene presupuestar como partida estructural es el coste recurrente de cumplimiento fiscal y contable, que en España no es despreciable.
Cuéntanos tu proyecto y te decimos por dónde se entra
Escríbenos con tu situación: dónde vives ahora, a qué te dedicas, si vienes solo o con familia y si detrás hay una empresa. Te devolvemos por escrito qué vía de residencia encaja, qué régimen fiscal te corresponde, qué plazos reales maneja cada trámite y cuánto cuesta, antes de que asumas ningún compromiso.
Correo: Contacto@LRB.es · WhatsApp: +34 684 234 831