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Venezuela → España → Unión Europea

Abrir empresa en España desde Venezuela

Convenio aplicable, régimen de visado, Seguridad Social y acceso a la nacionalidad española, con las particularidades reales de operar desde Venezuela. Y cómo usar España de puerta de entrada a los veintisiete Estados miembros.

Venezuela y España, de un vistazo

Los cinco datos que condicionan cualquier proyecto

Convenio de doble imposición
En vigor Convenio publicado en el BOE en junio de 2004.
Seguridad Social
Convenio bilateral Convenio bilateral de Seguridad Social con España en vigor, con totalización de periodos cotizados.
Visado para estancias cortas
No necesario Los nacionales de Venezuela están exentos de visado Schengen para estancias de hasta noventa días, lo que permite venir a explorar el mercado, firmar ante notario o abrir la cuenta bancaria sin trámite previo. Ten presente que la Unión Europea tiene previsto implantar la autorización electrónica de viaje ETIAS para los viajeros exentos de visado, con un calendario que se ha ido desplazando: conviene verificar su exigibilidad antes de cada viaje.
Nacionalidad española
Dos años Por ser país iberoamericano, bastan dos años de residencia legal y continuada, frente a los diez del régimen general, y sin renunciar a la nacionalidad de origen.
Doble nacionalidad
Sin convenio bilateral No hay convenio bilateral de doble nacionalidad, pero Venezuela es país iberoamericano a efectos del Código Civil español: nacionalidad en dos años sin renunciar a la venezolana.

Por qué Venezuela mira a España

La comunidad venezolana es la que más ha crecido en España en la última década, y buena parte de ella tiene raíces españolas directas —canarias, gallegas, asturianas— que abren vías propias. Como en Cuba y Argentina, el primer análisis de un expediente venezolano no es de extranjería: es genealógico.

La lógica de fondo es la misma para los diecinueve países de la región y merece recordarla: una sociedad española es una empresa de la Unión Europea a todos los efectos. Vende en un mercado de 450 millones de consumidores sin barreras interiores, factura sin IVA a clientes europeos con el alta en el VIES y opera en español, con un derecho de sociedades que pertenece a la misma familia jurídica que el de Venezuela. Lo desarrollamos en España como puente hacia Europa.

La vía de la descendencia española

La emigración española a Venezuela en el siglo XX fue intensa y reciente, lo que hace que un número muy elevado de venezolanos tenga padres o abuelos españoles. Las sucesivas regulaciones sobre memoria histórica y democrática han abierto en distintos momentos supuestos concretos de acceso a la nacionalidad por descendencia. Revisar la línea familiar con la documentación en la mano es siempre lo primero: si el derecho existe, se accede directamente a la ciudadanía española y europea sin necesidad de tramitar residencia alguna.

Control de cambios y expediente bancario

Es la dificultad práctica principal de los proyectos venezolanos. El régimen cambiario y las restricciones aplicables condicionan cómo pueden salir los fondos, y los bancos españoles aplican diligencia debida reforzada a los expedientes con origen venezolano, especialmente cuando aparecen vínculos con personas con responsabilidad pública. Nada de esto impide operar lícitamente, pero exige preparar el expediente de origen de fondos con documentación completa y trazable antes de solicitar la apertura de cuenta, y elegir la entidad con criterio.

Qué pasa con los impuestos

El convenio de doble imposición entre España y Venezuela está en vigor, lo que aporta tres ventajas concretas: tipos máximos de retención en la fuente sobre dividendos, intereses y cánones; reglas de reparto de la potestad tributaria sobre cada categoría de renta; y reglas de desempate si ambos Estados te consideran residente, con procedimiento amistoso entre administraciones si el conflicto persiste.

Para aplicarlo hay un requisito práctico que se incumple constantemente: entregar al pagador un certificado de residencia fiscal expedido a los efectos del convenio por la autoridad tributaria del otro Estado. Sin ese documento se aplica el tipo interno, y recuperar el exceso obliga después a un procedimiento de devolución largo. Ver convenios de doble imposición.

Y por encima de todo eso hay una pregunta previa que ordena el análisis: si pasas o no a ser residente fiscal en España. El residente tributa por renta mundial; el no residente, solo por las rentas de fuente española y a tipos fijos. La diferencia se cuenta en decenas de miles de euros al año.

Cómo llegas: las vías que mejor funcionan

01

Teletrabajo internacional

Si mantienes tu empleo o tus clientes en Venezuela y quieres residir en España. Es la vía que mejor combina con el régimen fiscal de impatriados.

Ley 14/2013
02

Emprendedor

Si vienes a desarrollar un proyecto empresarial con componente innovador. Requiere informe favorable previo sobre el interés económico del proyecto.

Ley 14/2013
03

Altamente cualificado

Si te contrata una empresa española con una retribución que alcance el umbral. Sin situación nacional de empleo y con resolución rápida.

Ley 14/2013
04

Y a los dos años, la nacionalidad

Dos años de residencia legal y continuada bastan para solicitar la nacionalidad española, y con ella la ciudadanía de la Unión Europea.

Dos años

El plazo que más se pierde

El régimen de impatriados permite tributar al 24 % fijo hasta 600.000 € de rendimientos del trabajo durante seis ejercicios, y deja fuera de gravamen en España la mayor parte de la renta de fuente extranjera. Pero se solicita con el modelo 149 dentro de los seis meses siguientes al alta en la Seguridad Social. No hay prórroga, ni subsanación, ni recurso. Es la decisión que hay que tomar antes de mudarse, no después.

Qué hacemos por un cliente de Venezuela

  • Diagnóstico escrito de la vía de residencia que encaja, el régimen fiscal aplicable y la estructura societaria recomendada, con plazos y coste cerrado antes de empezar.
  • Poder notarial redactado por nosotros para que lo firmes en Venezuela con apostilla, y con él resolvemos NIE, constitución y trámites sin que viajes.
  • Constitución de la sociedad española o alta como autónomo, con estatutos ajustados al proyecto real. Ver constituir una sociedad.
  • Expediente bancario de origen de fondos y titularidad real preparado en paralelo, que es donde se atascan la mayoría de las implantaciones. Ver banca y prevención de blanqueo.
  • Solicitud de residencia para ti y para tu familia, tramitadas conjuntamente cuando la vía lo permite.
  • Aterrizaje fiscal: alta censal, VIES, régimen de impatriados en plazo y calendario del primer ejercicio completo.
  • Expediente de nacionalidad preparado con antelación para presentarlo el día que se cumplan los dos años.

Preguntas frecuentes

Mi abuela era española. ¿Tengo derecho a la nacionalidad?

Es lo primero que hay que verificar y hay que hacerlo con certificados, no con recuerdos familiares. El acceso por descendencia ha estado regulado por normas sucesivas con requisitos y, en algunos casos, ventanas temporales acotadas. Necesitamos los certificados de nacimiento de toda la línea y, si existe, documentación que acredite la nacionalidad española de la ascendiente. Si el derecho existe, el camino es mucho más corto que cualquier vía de residencia y no depende de plazos ni de cuotas.

¿Los años que coticé en Venezuela cuentan para mi pensión española?

Existe convenio bilateral de Seguridad Social entre España y Venezuela, que prevé la totalización de los periodos cotizados en ambos países a efectos de causar derecho a las prestaciones, pagando después cada Estado la parte proporcional que le corresponda. La aplicación práctica de estos mecanismos depende del funcionamiento efectivo de las instituciones de ambos países, por lo que conviene documentar y conservar toda la vida laboral venezolana con la mayor solidez posible, y analizar cada expediente de forma individual.

¿Tengo que viajar a España para montar la empresa?

En la mayoría de los casos, no. Con un poder notarial otorgado ante notario en Venezuela y apostillado obtenemos tu NIE, constituimos la sociedad, la inscribimos y presentamos las solicitudes de residencia. Los dos puntos que pueden exigir tu presencia son la apertura de la cuenta bancaria, porque algunas entidades requieren identificación presencial o por videoconferencia, y la toma de huellas para la tarjeta de identidad de extranjero una vez concedida la autorización.

¿Cuánto cuesta todo el proceso?

Te damos el desglose por partidas antes de empezar, no una cifra global: certificación de denominación, notaría, Registro Mercantil, tasas de extranjería, traducciones juradas y apostillas, y nuestros honorarios cerrados por escrito. El capital social no es un gasto: queda en la sociedad y se usa para operar. Lo que sí conviene presupuestar como partida estructural es el coste recurrente de cumplimiento fiscal y contable, que en España no es despreciable.

Cuéntanos tu proyecto y te decimos por dónde se entra

Escríbenos con tu situación: dónde vives ahora, a qué te dedicas, si vienes solo o con familia y si detrás hay una empresa. Te devolvemos por escrito qué vía de residencia encaja, qué régimen fiscal te corresponde, qué plazos reales maneja cada trámite y cuánto cuesta, antes de que asumas ningún compromiso.

Correo: Contacto@LRB.es · WhatsApp: +34 684 234 831
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